El pronunciamiento de Eugenio Prieto Soto, quien anunció ayer desde el municipio de La Unión la instalación del Comité de Garantías Electorales para reactivar la Consulta Popular sobre el AMO, vuelve a encender un debate que dista mucho de estar resuelto. Más allá del discurso oficial, que pretende presentar este proceso como un ejercicio legítimo de participación ciudadana, lo cierto es que existen serias dudas jurídicas, políticas y éticas que no pueden ser ignoradas.
En primer lugar, resulta preocupante la insistencia en avanzar con una iniciativa cuya legalidad está siendo actualmente cuestionada ante distintas instancias judiciales. La existencia de tutelas en curso ante el Tribunal Superior de Antioquia y demandas ante el Consejo de Estado evidencia que el proceso no cuenta con la solidez jurídica que se intenta proyectar. A esto se suma el hecho de que una de dichas acciones haya sido interpuesta por la propia Defensoría del Pueblo de Antioquia, lo que refuerza la gravedad de las inconsistencias denunciadas. Continuar promoviendo la consulta en medio de este escenario no solo genera incertidumbre, sino que podría derivar en la nulidad total del proceso.
En segundo lugar, emerge un elemento aún más delicado: la denuncia contra el Registrador Nacional del Estado Civil por presunto prevaricato por acción. La acusación señala la expedición de resoluciones sin el cumplimiento de los requisitos presupuestales exigidos por la ley, lo cual, de comprobarse, constituiría una falta grave que compromete la transparencia y legitimidad del mecanismo electoral. Este tipo de actuaciones no solo debilitan la institucionalidad, sino que también erosionan la confianza ciudadana en los procesos democráticos.
Por otra parte, el trasfondo del debate sobre el AMO revela tensiones profundas en torno al modelo de desarrollo territorial que se pretende imponer en el Oriente Antioqueño. Diversos sectores han manifestado su preocupación frente a lo que consideran una apuesta por la urbanización desmedida, orientada más por intereses económicos que por una planificación sostenible y concertada. La idea de transformar la región en una “selva de cemento” no solo implica riesgos ambientales significativos, sino también la posible pérdida de identidad y vocación rural de los municipios involucrados.
En este contexto, resulta particularmente cuestionable —e incluso desastroso— que un político que se presenta como defensor de la democracia insista reiteradamente, y por intereses personales, en impulsar un AMO que para la gran mayoría carece de legitimidad y enfrenta serios cuestionamientos legales. La coherencia entre el discurso democrático y las acciones concretas es fundamental en cualquier liderazgo público, y cuando esta se rompe, el costo lo asume la credibilidad institucional.
Asimismo, es necesario precisar qué se entiende realmente por participación ciudadana. No se trata simplemente de convocar a la gente a votar en unas urnas, mucho menos bajo presiones indebidas o prácticas clientelistas. Cuando se habla de participación, se está exigiendo la inclusión activa y deliberativa de los diferentes sectores sociales en la construcción de las propuestas que se pretenden implementar. Es decir, una participación consciente, informada y libre, no la movilización de ciudadanos convertidos en instrumentos electorales, llevados a votar por imposición de alcaldes o políticos interesados en preservar sus contratos y cuotas de poder.
Así, la insistencia de Eugenio Prieto con la misma propuesta evidencia una desconexión con el sentir de amplios sectores de la población. Lejos de representar un consenso, el AMO sigue siendo percibido por la mayoría como un proyecto impuesto, carente de la debida consulta y participación efectiva de las comunidades. La reiteración de este intento, sin atender las objeciones jurídicas y sociales, va a profundizar la polarización en la región.
La cuestionada reactivación del calendario para la Consulta Popular sobre el AMO no puede entenderse como un simple trámite administrativo. Se trata de un proceso complejo que exige respeto por el orden jurídico, transparencia institucional y, sobre todo, una verdadera escucha a las comunidades del Oriente Antioqueño. Mientras estos elementos no estén garantizados, cualquier intento por avanzar en esta dirección seguirá encontrando resistencia legítima y fundamentada. El mensaje que emerge desde la región es claro: antes de imponer proyectos, es necesario construirlos con la gente y dentro del marco de la ley.
Para terminar, es necesario recordarle a Eugenio Prieto Soto que: En el ordenamiento jurídico colombiano, lo que un juez decide en derecho no constituye una verdad absoluta e inmutable, sino una decisión susceptible de revisión y eventual corrección por parte de jueces de mayor jerarquía, especialmente a la luz de nuevos argumentos o interpretaciones más acordes con la Constitución y las leyes. La Corte Constitucional de Colombia ha reiterado en múltiples fallos que la función judicial se enmarca dentro de un sistema dinámico de control y garantía de derechos, donde prevalece el principio de supremacía constitucional. Así, decisiones adoptadas por jueces de instancia pueden ser revocadas en sede de revisión, como ocurre con la acción de tutela, cuando se evidencia una interpretación insuficiente o contraria a los derechos fundamentales. Este fenómeno no implica inseguridad jurídica, sino, por el contrario, refleja un sistema de pesos y contrapesos que permite perfeccionar la aplicación del derecho, garantizando que las decisiones finales sean más justas, coherentes y ajustadas al orden constitucional vigente.
Así que deje su ilegal alaraca doctor Eugenio que en este tema no se ha dicho la última palabra y aún está lejos la posibilidad de que se realice la Consulta Popular para el AMO.
