VEHÍCULOS DE TRACCIÓN ANIMAL QUEDARÁN PROHIBIDOS:

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El congreso de la República aprobó el proyecto de ley 319 del 2020 en el que se buscaba eliminar el uso de animales como medio de transporte o carga, lo que conlleva a la salida de circulación de miles de carretas, carruajes o cualquier otro vehículo halado por caballos, mulas, bueyes, entre otros.

Esta ley es una medida preventiva para disminuir los múltiples casos de maltrato y explotación animal que se ha registrado en varias zonas del país, pero la medida empezará a regir dentro de 5 años, pasado este tiempo el animal podrá ser incautado, dado que primero se debe de hacer un censo en todo el país para establecer cuántas personas dependen de esta actividad con el objetivo de reemplazarlos por automóviles, esto con el propósito de que el programa de sustitución no impacte negativamente a quienes trabajen con estos animales como medio de transporte.

Algunas excepciones dentro de los parágrafos del artículo aprobado, para aquellas personas que utilicen animales para actividades turísticas, agrícolas, pecuarias y deportivas. Sin embargo, quienes asuman este tipo de labor, deberán censar, registrar e instalar en los animales un microchip que facilite la identificación, ubicación, estado de salud y condición sanitaria, por parte de las autoridades encargadas (tránsito y salud). según dice el proyecto de ley, tendrá que darse dentro de un plan de acción que tienen que llevar a cabo las alcaldías municipales y distritales. 

Cabe recordar que los animales que sean retirados de sus funciones de trabajo, serán llevados a la Unidad de Cuidado, Bienestar y Protección Animal, para comenzar su proceso de adopción. Para este caso, las personas que se postulen como posible adoptante, deberán cumplir con algunas condiciones y requerimientos, como, por ejemplo, contar con el espacio y recursos de sostenimiento del animal, entre otros aspectos de perfil del aspirante.

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